Our tool for managing your permission to our use of cookies is temporarily offline. Therefore some functionality is missing.
CAPITALIZACIÓN DE BIENES EN LEASING
Cuando se firman contratos de leasing sometidos a la normativa fiscal correspondiente, los bienes arrendados no pueden incluirse en el balance del arrendatario.
Cuando se firman contratos de leasing sometidos a la normativa fiscal correspondiente, los bienes arrendados son asignados al arrendador a efectos económicos, fiscales y jurídicos. El arrendatario no capitaliza estos bienes, sino que permanecen neutrales en el balance.